| I. Generales - Estas condiciones son válidas para toda relación comercial, sin indicación expresa sobre las mismas, en tanto no se haya confirmado cualquier otro acuerdo por escrito, y principalmente en caso de pedidos verbales. Próximos pedidos no precisan mención expresa de estas Condiciones de Compra que se consideran asumidas por parte del
Proveedor con la aceptación del pedido. - La utilización de Condiciones Generales de Venta del Proveedor queda excluida, tanto para este pedido como para posteriores. No será necesaria la oposición expresa de
INDUSTRIAS REHAU, S.A. en relación con las condiciones indicadas en la confirmación de pedido. Se rechaza expresamente la validez de cualesquiera otras condiciones divergentes de las presentes. II. Pedidos y confirmaciones de pedido - Solamente serán válidos los pedidos cursado por escrito y debidamente firmados
por INDUSTRIAS REHAU, S.A. En cualquier caso los acuerdos verbales han de ser confirmados por escrito para su validez. Los pedidos informatizados no precisan firma. - El Proveedor ha de confirmar el pedido por escrito firmando y sellando la copia del
formulario del mismo en el plazo de una semana. Cualquier desviación en el contenido precisa la confirmación de INDUSTRIAS REHAU, S.A. por escrito para tener validez. III. Plazos de entrega - El Proveedor se compromete a cumplir los plazos de entrega acordados que se
consideran vinculantes y sin moratoria. - En caso de huelga, incendio, catástrofes naturales, guerra, disturbios, medidas
gubernamentales y, en general, cualquier tipo de situación fuera del ámbito de influencia de INDUSTRIAS REHAU, S.A., que actúe directamente sobre las posibilidades de aceptación y/o elaboración de la mercancía, INDUSTRIAS REHAU, S.A, se reserva el derecho a aplazar la recepción de la misma o a anular el contrato, sin que e! Proveedor tenga derecho a reclamación por daños y perjuicios. El Proveedor ha de ser avisado inmediatamente. - Si el plazo de entrega se excede, el Proveedor incurre automáticamente en
retraso e INDUSTRIAS REHAU, S.A. podrá pedir el cumplimiento o la rescisión del contrato, con indemnización, en uno u otro caso por los perjuicios. IV. Suministro, albarán y factura - La entrega se ha de realizar en la dirección indicada en el pedido. No se permiten
envíos parciales ni entregas en exceso o defecto. - En tanto que no exista acuerdo escrito en contra, el envío viaja por cuenta y riesgo
del Proveedor hasta su entrega en el lugar indicado por INDUSTRIAS REHAU, S.A. que en ningún caso asumirá el riesgo del mismo durante el transporte. Salvo lo estipulado en el párrafo anterior, los envíos cuyos gastos de transporte corran a cargo de INDUSTRIAS REHAU, S.A. se expedirán por el medio más económico observando las instrucciones. INDUSTRIAS REHAU, S.A. no asume costes adicionales o de acarreo en el lugar de expedición derivados de la no observancia por parte del Proveedor de estas instrucciones. - Las entregas de materiales se han de realizar dentro de los siguientes horarios:
| Lunes a Jueves Mañanas: | 7.45 - 13.00 | | Tardes: | 15.00 - 17.00 | | Viernes Mañanas: | 7.45 - 13.00 | - La mercancía ha de ir acompañada imprescindiblemente de un albarán en el que
figure el número de pedido. - La factura se ha de enviar en dos ejemplares y por separado de la mercancía y
ha de reflejar exactamente los datos del pedido. V. Precios - Los precios contratados son precios fijos y se entienden incluido embalaje y transporte hasta el punto de destino de la mercancía.
- Si fuese necesario cursar un pedido sin previo acuerdo sobre el precio, se considera
válido el precio del último suministro. El precio indicado en el pedido se considera vigente a la hora del suministro, salvo en caso de que el Proveedor lo haya reducido entretanto. VI. Controles de producción, reclamaciones por defectos - En tanto que existentes, son válidas las Condiciones Técnicas de Suministro e
Instrucciones de Control de INDUSTRIAS REHAU, S.A., que forman parte integrante de los pedidos. - Mediante sus controles en fábrica garantiza el Proveedor que los suministros cumplen con las Condiciones Técnicas de Suministro y, en general, con todas las especificaciones prefijadas por INDUSTRIAS REHAU, S.A. El Proveedor se compromete a confeccionar registros de todas las pruebas efectuadas y a archivar durante 10 años los resultados de los ensayos, medición y control. INDUSTRIAS REHAU, S.A. queda autorizada a acceder en todo momento a dicha documentación y a obtener copias para sus propios archivos.
- Frente al Proveedor INDUSTRIAS REHAU, S.A. se reserva expresamente el derecho a realizar sus reclamaciones por defecto de la mercancía en un plazo de 12 semanas tras recepción de la misma; si se trata de fallos ocultos INDUSTRIAS REHAU, S.A. dispone de 12 semanas tras la constatación del defecto, reservándose así mismo el derecho a la devolución del material que no cumpla con las condiciones del contrato, con derogación de lo dispuesto en los artículos 336 y 342 del Código de Comercio. Si se trata de grandes cantidades, los controles del material por parte de INDUSTRIAS REHAU, S.A. quedan limitados a elecciones al azar. Los fallos no descubiertos se consideran defectos ocultos.
VIl. Garantía - 1. Para todos los envíos y servicios el Proveedor asume una garantía de 24 meses a partir de la fecha de entrega en INDUSTRIAS REHAU, S.A., que cubre que, durante ese periodo, los envíos y servicios:
a) se encuentran libres de defectos de cualquier tipo b) son apropiados en todo sentido para el fin previsto y c) presentan todas las propiedades según las especificaciones acordadas EEl período de garantía queda interrumpido por cualquier reclamación escrita en relación con un defecto de calidad y se reanuda tras subsanación del mismo. Si el Proveedor tiene prevista una garantía más amplia o durante más tiempo, tiene validez Ia garantía del Proveedor. - En caso de entrega defectuosa o errónea INDUSTRIAS REHAU, S.A. podrá exigir, a su elección bien la reparación, reducción de precio, suministro de reposición, o rescisión del contrato reservándose en todo momento el derecho a exigir además la correspondiente indemnizâcíon por daños y perjuicios.
La reclamación por daños y perjuicios soportados por INDUSTRIAS REHAU, S.A. se puede instar en cualquier momento una vez constatada la existencia de suministro defectuoso erróneo, con independencia de que de uno u otro modo sea restablecido o solventado el suministro por los medios señalados anteriormente. En todo momento el material objeto de reclamación queda en poder de INDUSTRIAS REHAU, S.A. hasta que sea sustituido. - En caso de necesidad o si el Proveedor no pudiese atender a tiempo la reclamación, los desperfectos pueden ser subsanados por INDUSTRIAS REHAU, S.A., pudiendo luego ésta transferir los gastos soportados al Proveedor que deberá sufragarlos.
El Proveedor exime a INDUSTRIAS REHAU, S.A. de todas las posibles reclamaciones, tanto de clientes de ésta como de terceros, derivadas de la normativa vigente relativa a Ia responsabilidad civil del fabricante por los daños causados por productos defectuosos, incluyendo todos los gastos, p.e. los jurídicos, si los hubiere. - Por todos los derechos vencidos y por vencer que correspondan a INDUSTRIAS REHAU, S.A. frente al Proveedor, aquélla queda autorizada a efectuar la compensación de créditos o a ejercitar el derecho de retención.
VIII. Condiciones de Pago - En tanto que no exista un acuerdo específico las mercancías se pagarán a los 90 días fecha factura. Se fija como día de pago el 15 de cada mes.
- Todos los pagos se realizan bajo reserva de todos los derechos de INDUSTRIAS REHAU, S.A. por posibles defectos quedando ésta autorizada a retenerlos total o parcialmente hasta la eliminación total de los mismos.
El pago de la factura no significa ni aceptación de la mercancía ni renuncia a la exigencia de cumplimiento de la garantía. Este extremo es también válido en cuanto a la recepción de la mercancía . IX. Medios de producción, planos - Medios de producción tales como modelos, muestras, utillajes, plantillas, planos, etc., puesto por INDUSTRIAS REHAU, S.A. a disposición del Proveedor o construidos por el Proveedor siguiendo las instrucciones de INDUSTRIAS REHAU, S. A., no pueden ser mostrados entregados a, o utilizados por terceros de cualquier forma sin la autorización escrita de INDUSTRIAS REHAU, S.A. Dichos medios tampoco pueden ser utilizados por el Proveedor para fines propios sin expresa autorización escrita de INDUSTRIAS REHAU. S. A. Esto medios de producción etc. pasan a propiedad de INDUSTRIAS REHAU, S.A. con la adquisición o producción por parte del Proveedor.
- La entrega a INDUSTRIAS REHAU, S. A. se sustituye por una custodia gratuita en casa del Proveedor. El Proveedor se obliga a conservar, mantener y, si necesario, sustituir los medios de producción.
X. Confidencialidad, derechos de protección de propiedad intelectual e industrial - El Proveedor se compromete a guardar confidencialmente todos los conocimientos sobre la fabricación, métodos de construcción y demás habilidades transmitidas directa o indirectamente por INDUSTRIAS REHAU, S.A. como consecuencia de la ejecución de un pedido como resultado de una visita, en tanto que secreto intelectual, industrial, comercial y de explotación.
El Proveedor se compromete así mismo a imponer a todos sus colaboradores la obligación de confidencialidad y a instruirles sobre las sanciones legales consecuentes. - El Proveedor se responsabiliza de que a través del suministro y uso de los objetos servidos no se vulneren los derechos de terceros y se compromete a eximir a INDUSTRIAS REHAU, S.A. de todas las posibles reclamaciones de indemnización por daños y perjuicios presentadas por terceros, así como de todos los gastos, p.e. los jurídicos inherentes a este tema si los hubiere.
XI. REACH - El proveedor es responsable de que sus suministros se realicen en conformidad con las disposiciones del reglamento (CE) n. 1907/2006 en cuanto al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las substancias químicas (Reglamento REACH). El suministrador se hace en especial responsable de que las substancias contenidas en los productos por él suministrados, si recaen dentro de las disposiciones del reglamento REACH, hayan sido prerregistradas o registradas tras la expiración del plazo de transición y de que REHAU disponga de las hojas de datos de seguridad correspondientes a las disposiciones del reglamento REACH o bien de las informaciones que exige el art. 32 del reglamento REACH. En el caso de que el suministrador facilite productos contenidos en art. 3 del reglamento REACH, se hace también especialmente responsable de cumplir con su obligación de facilitar las informaciones requeridas por el art. 33.
XII. Cesión de deudas, reserva de dominio, legislación, tribunales - Ningún crédito producido frente a INDUSTRIAS REHAU, S. A. puede ser cedido a tercero sin autorización expresa de la misma.
- La compensación de deudas frente a INDUSTRIAS REHAU,S.A. con exigibles del Proveedor y la utilización del derecho a retención es sólo posible con el reconocimiento de la deuda por escrito por parte de INDUSTRIAS REHAU, S.A.
- El Proveedor no tiene reserva de dominio sobre el material suministrado.
- El presente contrato se rige según el Derecho Civil y Mercantil español. Queda excluid a la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los contratos de compraventa internacional de mercancías del 11.04.1980.
- Para la solución de cualquier discrepancia, litigio o conflicto derivados de la interpretación de este contrato o de la ejecución de lo pactado en el mismo, las partes se someten expresamente con renuncia a su propio fuero si lo tuvieren o al que pudiera corresponderles, a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Barcelona.
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